Nuestras funciones son la gestión y el asesoramiento, según la Ley sobre la Propiedad Horizontal en su art. 20:

Que hacemos
  • Velar por el buen régimen de la finca, instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
  • Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
  • Atender la conservación y mantenimiento de la finca, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente, o, en su caso a los propietarios.
  • Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y cobros que sean procedentes.
  • Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
  • Además, pueden ejercer la mediación, el arbitraje y la tasación.